OEFA APRUEBA LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS

  •  La norma aprobada regula la aplicación de medidas correctivas en el marco de los procedimientos administrativos sancionadores tramitados por el OEFA

 

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Lima, 25 de marzo de 2013.- Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 010-2013-OEFA/CD el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA aprobó los “Lineamientos para la aplicación de medidas correctivas previstas en el Literal d) del Numeral 22.2 del Artículo 22° de la Ley N° 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA”, publicados en el diario oficial El Peruano el 23 de marzo del presente año.

 Como es de público conocimiento, la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA dispuso la publicación de la propuesta de dichos Lineamientos en el portal institucional del OEFA durante 10 días hábiles, con la finalidad de recibir los comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadanía en general, por lo que habiéndose recabado y analizado los aportes correspondientes, se ha procedido a aprobar su texto definitivo.

 A través de la aprobación de los referidos Lineamientos se logra mayor predictibilidad de la actuación de los órganos resolutivos del OEFA respecto de la aplicación y alcances de las medidas correctivas previstas en el Literal d) del Numeral 22.2 del Artículo 22° de la Ley del SINEFA.

 Estos Lineamientos prevén la aplicación de las medidas correctivas de restauración y de compensación ambiental que son impuestas al término de un procedimiento administrativo sancionador. Las medidas de restauración pretenden rehabilitar, reparar o restaurar la situación alterada. Este tipo de medidas se adoptan en aquellos casos en que los impactos ambientales son reversibles. Por su parte, las medidas de compensación ambiental se aplican cuando no es posible adoptar una medida de restauración, de modo que su finalidad es sustituir un bien ambiental que ha sufrido impactos severos, irreversibles e imposibles de ser mitigados.

 Resulta oportuno señalar que a diferencia de lo que ocurre con las sanciones, la interposición de recursos administrativos no suspende la ejecución de las medidas correctivas. Asimismo, el cumplimiento de dichas medidas puede exigirse a través de la imposición de multas coercitivas.

 Con la publicación de estos Lineamientos, el OEFA continúa la labor de regular el ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental a su cargo, en el marco de los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental, procurando un Estado garante del desarrollo sostenible.

 

 

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Oficina de Comunicación y Atención al Ciudadano

OCAC – OEFA