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El Plan Anual de Fiscalización Ambiental (PLANEFA) es el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) planifica las acciones de fiscalización ambiental (evaluación y supervisión ambiental, así como el ejercicio de la potestad sancionadora) de su competencia a ser efectuadas en el año calendario siguiente. El PLANEFA es elaborado, aprobado y reportado en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto.

Las EFA deberán aprobar el PLANEFA, como máximo, hasta el día quince (15) del mes del año anterior a su ejecución, conforme a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD que aprueba los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PLANEFA.

Planefa Simplificado

Las municipalidades distritales de tipo E, F y G d, según la clasificación establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, deberán aprobar su Planefa 2022 utilizando el Formato del Planefa Simplificado, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 00003-2021-OEFA/CD publicada el 2 de marzo de 2021.

Lineamientos para la formulación, elaboración y evaluación del Planefa Guía de orientación para el Planefa

El registro del PLANEFA debe realizarse durante los 10 días hábiles posteriores a su aprobación a través del siguiente aplicativo:

Registrar en aplicativo PLANEFA

Planefa 2021 del OEFA

Planefa 2020 del OEFA

Planefa 2019 del OEFA

Históricos del Planefa OEFA